Con carácter general, se establece que los períodos para pagar los tríbutos de carácter periódico, serán los siguientes:

 

Impuesto Desde Hasta
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica 1 de febrero 31de marzo
Pasaderas y Vados 1 de mayo 30 de junio
Kioscos y Paradas 1 de mayo 30 de junio
I.B.I. Naturaleza Urbana 1 de mayo 30 de junio
I.B.I. Naturaleza Rustica 1 de mayo 30 de junio
I.B.I. BICE 1 de mayo 30 de junio
I.A.E. Impuesto de Actividades Económicas 1 de octubre 30 de noviembre
Mantenimiento de Cementerio 1 de noviembre 31 de diciembre
Mercado Mensual
Guardería Municipal Mensual

 

Impuesto

Desde

Hasta

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

1 de febrero

31de marzo

Pasaderas y Vados

1 de mayo

30 de junio

Kioscos y Paradas

1 de mayo

30 de junio

I.B.I. Naturaleza Urbana

1 de mayo

30 de junio

I.B.I. Naturaleza Rustica

1 de mayo

30 de junio

I.B.I. BICE

1 de mayo

30 de junio

I.A.E. Impuesto de Actividades Económicas

1 de octubre

30 de noviembre

Mantenimiento de Cementerio

1 de noviembre

31 de diciembre

Mercado

Mensual

Guardería Municipal

Mensual